Novedades en el Sector
DGT-917-2020 Adición y Aclaración Movilización de Semovientes
En consulta realizada al Ministerio de Hacienda la Corporación Ganadera informa que las gestiones emprendidas por la institución lograron que la tarifa reducida del 1% IVA en transporte sea para todo productor ganadero bovino formalizado y al día ante el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Agricultura y Ganadería, vea la respuesta en el siguiente link
Protocolo de Contingencia por COVID 19 para fincas ganaderas
SENASA, MAG y el Gobierno de Costa Rica establecen el siguiente protocolo para prevenir el COVID-19 en fincas ganaderas con el fin de asegurar la continuidad de la actividad y la seguridad alimentaria de los costarricenses, el cual puede ser consultado a continuación:
Análisis de la Norma del IVA sobre Transporte de Ganado DGT-2202-2019
Grupo Camacho Internacional brinda sus consideraciones sobre la respuesta de la DGT:
¿Está exonerado del Impuesto del Valor Agregado, el servicio de transporte de animales que se encuentren dentro de la cadena de producción e industria pecuaria dentro del territorio costarricense?
La respuesta realizada por parte de la Dirección General de Tributación (DGT) fue:
“esta Dirección General considera que el servicio de transporte de animales vivos está exonerado del IVA, siempre que esos animales formen parte de la cadena de producción e industria pecuaria, y que los productos derivados de estos animales sean bienes considerados dentro de la Canasta Tributaria, esto hasta el 30 de junio de 2020, de conformidad con el Transitorio VII del Reglamento al IVA, luego de esa fecha la tarifa será de 1%.”
Criterio de Grupo Camacho Internacional:
- Se reconoce la exoneración del servicio por parte de la DGT
- Se requiere para alcanzar la exoneración necesariamente dos factores:
- Que los animales formen parte de la cadena de producción e industria pecuaria.
- Que los productos derivados de estos animales sean considerados dentro de la Canasta Básica Tributaria.
- Para poder aplicar la exoneración es importante que se solicite a la persona que adquiere el servicio la información necesaria para determinar que se encuentra catalogado frente a la Administración Tributaria como “productor de canasta básica” y/o “proveedor de insumos para producir canasta básica”.
- Las personas que deseen ser beneficiarios de dicha exoneración deberán estar debidamente autorizados por el Departamento de Exoneraciones, mediante el sistema EXONET.
ver texto completo de la norma
Resolución del Ministerio de Hacienda sobre Impuesto del Valor Agregado en el Transporte
La Corporación Ganadera (CORFOGA) y las Federaciones de Cámaras de Ganaderos lograron por medio de consulta formal ante el Ministerio de Hacienda que el transporte de bovinos quede exonerado hasta junio del 2020 y con una tarifa del 1% a partir del 1 de julio del 2020, esto reduce los costos del sector ganadero ya que este servicio estaba siendo gravado con un 13% en el marco de la reforma tributaria que atraviesa el país. Vea la nota en el siguiente link:
Comunicados de Prensa
En esta sección encontrará información sobre comunicados de prensa que realiza la Corporación Ganadera de interés para el público general.
Ultima actualización el 1 de febrero de 2021